Videovigilancia y protección de datos: ¿Lo estás haciendo bien?
Según la Memoria 2013 de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), la instalación de sistemas de vigilancia es una tendencia creciente entre comercios, comunidades de propietarios, y empresas relacionadas con el turismo y la hostelería, con aumentos anuales de más de un 30%. Estas medidas dirigidas a mejorar la seguridad de empresas, trabajadores y vecinos se traducen en más de 3.000 de las preceptivas solicitudes de inscripción en la Agencia de Protección de Datos, requisito indispensable si queremos disponer de un sistema de seguridad que cumpla con la normativa legal vigente.
Se confirman dos datos positivos. Por una parte, empresas y comunidades de vecinos son cada vez más conscientes de las mejoras en cuanto a seguridad que supone la instalación de un circuito cerrado de televisión en sus instalaciones, así como cualquiera de las variantes de este tipo de tecnología. Por otra, estas nuevas instalaciones se hacen, en su mayoría, de acuerdo con lo que establece la normativa sobre protección de datos.
Sin embargo, no todas las instalaciones de videovigilancia cumplen con este requisito legal: la instalación de sistemas de seguridad domésticos que puede configurar el propio usuario y que finalmente son usados en comercios o zonas de acceso público es algo cada vez más frecuente, aunque no siempre empresas y usuarios son conocedores de que en realidad están cometiendo una irregularidad que puede llegar a ser grave.
Desde ETTERNA hacemos hincapié en la importancia de confiar la seguridad de tu empresa, comunidad de vecinos o espacio de producción agropecuaria a empresas especializadas, que además del aspecto técnico, dispongan de recursos suficientes para garantizar un escrupuloso cumplimiento de la legalidad.
Cómo saber si mi sistema de videovigilancia se ajusta a la legalidad
- ¿Has inscrito el fichero de imágenes en el Registro General de Protección de Datos?
- ¿Has informado a las personas cuyas imágenes se captan mediante un distintivo que se ubicará en los accesos de las zonas vigiladas?
- ¿Dispones de un contrato de prestación de servicios? Este contrato debe especificar todos los requerimientos en materia de tratamiento de datos que establecer el cliente en su relación con terceros
- ¿Cuáles son las medidas de seguridad con las que proteges los datos recogidos? Estas medidas deben garantizar la seguridad de las imágenes y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, así como su eliminación en el plazo máximo de un mes desde su recogida.
Si tienes respuesta a todas estas preguntas no debes preocuparte, pero de lo contrario podrías estar expuesto a una sanción por parte de la Agencia Española de Protección de Datos que podría alcanzar los 600.000 euros.
No dudes en contactar con ETTERNA si necesitas asesoramiento especializado.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!